Los activos de menor cuantía para efectos fiscales son aquellos que poseen un costo igual o inferior a 50 UVT. El valor de la UVT fijado por la Dian para 2022 es de $38.004. Aquí te contamos cuál es el valor en pesos de este indicador y la normativa que lo regula. De acuerdo con el […]
Los activos de menor cuantía para efectos fiscales son aquellos que poseen un costo igual o inferior a 50 UVT.
El valor de la UVT fijado por la Dian para 2022 es de $38.004.
Aquí te contamos cuál es el valor en pesos de este indicador y la normativa que lo regula.
De acuerdo con el artículo 1.2.1.18.5 del Decreto 1625 de 2016 los activos fijos depreciables cuyo valor de adquisición sea igual o inferior a 50 UVT, podrán depreciarse en el mismo año en el que se adquieran, sin consideración de la vida útil de los mismos; estos, son considerados entonces, activos de menor cuantía.
En virtud de lo anterior, dado que la Dian, a través de la Resolución 000140 de noviembre 25 de 2021 fijó en $38.004 el valor de la UVT que regirá en 2022, los activos que podrán depreciarse en el mismo año calendario en que sean adquiridos (12 meses o un período fiscal), serán aquellos cuyo valor de adquisición sea igual o inferior a $1.900.000 para el año 2022 (50 UVT calculadas a un valor de $38.004 cada una).
Al respecto es válido recordar la diferencia de concepto entre vigencia fiscal y período gravable, toda vez que dicho monto de activos de menor valor a $1.900.000 deberá tenerse en cuenta para efectos fiscales al elaborar la declaración de renta del año gravable 2022, que se presentará en la vigencia fiscal de 2023.