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Carta para designar al responsable del seguimiento del sistema de control de calidad – NICC 1

Mediante el siguiente modelo de carta, la firma de auditoría o el contador público independiente pueden designar la responsabilidad del proceso de seguimiento de su sistema de control de calidad y, además, informar los criterios y parámetros que se deben seguir en el desarrollo del proceso.

Fecha de publicación: 28 de abril de 2021
Carta para designar al responsable del seguimiento del sistema de control de calidad – NICC 1
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Mediante el siguiente modelo de carta, la firma de auditoría o el contador público independiente pueden designar la responsabilidad del proceso de seguimiento de su sistema de control de calidad y, además, informar los criterios y parámetros que se deben seguir en el desarrollo del proceso.

Como es sabido, las firmas de auditoría y los contadores públicos independientes deben implementar un sistema de control de calidad que cumpla los lineamientos establecidos en la NICC 1.

Nota: si deseas consultar los obligados a aplicar los lineamientos contenidos en la NICC 1, te recomendamos ir a nuestra guía Conozca quiénes están obligados a aplicar la NICC 1.

Dicho sistema de control de calidad se compone de seis (6) elementos, a saber:

  1. Responsabilidad de liderazgo.
  2. Requerimientos de ética aplicables.
  3. Aceptación y continuidad de la relación con los clientes.
  4. Recursos humanos.
  5. Realización de los encargos.
  6. Seguimiento.

Seguimiento del sistema de control de calidad

El sexto elemento del sistema de control de calidad es el seguimiento. De acuerdo con los apartados 48, A64 y A65 de la NICC 1, la firma de auditoría o el contador público independiente deben efectuar una evaluación continua de su sistema de control de calidad y una inspección cíclica de algunos encargos para generar una seguridad razonable de que las políticas y procedimientos implementados son pertinentes, adecuados y operan eficazmente.

El párrafo 48(b) de la mencionada NICC 1 señala que se debe asignar la responsabilidad del proceso de seguimiento del sistema de control de calidad a uno o varios socios o personas adecuadas que cuenten con la experiencia y la autoridad necesarias para asumir dicha responsabilidad.

Cabe anotar que, cuando se trate de un contador público independiente, este puede contratar a una persona externa para llevar a cabo este proceso.

Por lo anterior, a continuación, compartimos un modelo de carta para que la firma de auditoría o el contador público independiente puedan designar la responsabilidad del proceso de seguimiento de su sistema de control de calidad:

Descarga aquí nuestra guía: Carta para designar al responsable del seguimiento del sistema de control de calidad – NICC 1.

Si deseas profundizar en cada uno de los elementos que hacen parte del sistema de control de calidad de una firma de auditoría, te invitamos a consultar nuestra Cartilla Práctica Control de calidad aplicado a los encargos de auditoría y aseguramiento.

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