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Entidades sin ánimo de lucro: solicitud de calificación y readmisión en el régimen tributario especial

Para las entidades del régimen tributario especial, a partir de 2018 se inició la labor de solicitud de permanencia, calificación, actualización anual y, en algunos casos, la readmisión. No obstante, las cooperativas no requieren realizar dicha solicitud, pues nacen perteneciendo a este régimen. Esta y otras novedades, a continuación.

Fecha de publicación: 27 de noviembre de 2019
Entidades sin ánimo de lucro: solicitud de calificación y readmisión en el régimen tributario especial
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

* Actualizado al 27 de noviembre de 2019

La Dian anunció que los contribuyentes interesados en pertenecer al régimen tributario especial tendrán plazo para presentar la solicitud de calificación o readmisión hasta el 30 de noviembre de 2019. Dicha solicitud deberá ser presentada mediante el servicio informático del RTE.

Las entidades sin ánimo de lucro –Esal– son personas jurídicas legalmente constituidas, cuyos aportes, utilidades o excedentes no son reembolsados, ni distribuidos bajo ninguna modalidad. Por el contrario, los rendimientos obtenidos al finalizar el año son invertidos en el mejoramiento de sus procesos o actividades en el desarrollo de su objeto social.

Ahora bien, las Esal tienen la posibilidad de solicitar su calificación como contribuyentes del régimen tributario especial –RTE–, siempre que las mismas se encuentren legalmente constituidas y su objeto social corresponda a una de las actividades meritorias mencionadas en el artículo 359 del Estatuto Tributario, las cuales buscan contribuir al desarrollo integral de la sociedad o de una comunidad mediante el apoyo a sectores débiles o población vulnerable, tales como madres cabeza de familia, niños, investigación, educación, entre otros.

Las asociaciones, fundaciones y corporaciones que sean Esal y que pertenezcan al RTE tienen como principal beneficio la aplicación de la tarifa correspondiente al 20 % del impuesto sobre la renta y complementario.

Además, cuando sus excedentes sean destinados directa o indirectamente al desarrollo del objeto social, estos tendrán el carácter de rentas exentas en el año siguiente a aquel en el cual fueron obtenidos.

¿Cuál es el tratamiento fiscal de los excedentes de una entidad sin ánimo de lucro?

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El régimen tributario especial –RTE– ofrece beneficios tributarios a los cuales las entidades sin ánimo de lucro –Esal– podrán acceder, siempre y cuando cuenten con la calificación dentro de este régimen. Dichas entidades tendrán plazo hasta el 30 de noviembre de 2019 para presentar la solicitud. ¿Cuánto sabes sobre la calificación de las Esal en el RTE?

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Videocast

  • Guía para el registro web de las Entidades del Régimen Tributario Especial. En un completo videocast (una mezcla entre conferencia y tutorial a través de video) de 3 horas se ilustran, con bastantes ayudas pedagógicas (incluyendo navegación por el portal de la DIAN y hasta la utilización de archivos de Word, PDF y Excel), cuáles son las diversas tareas que deben agotar las diferentes entidades que componen el RTE para poder cumplir con el registro web ordenado en las normas mencionadas. Este material fue grabado y actualizado a 25 de abril de 2018, y a medida que se requieran cambios serán incluidos, entre ellos el Concepto Unificado 481 de la DIAN del 27 de Abril de 2018 (en desarrollo).

Seminarios el línea

  • Las nuevas implicaciones del régimen tributario especial. Las entidades del Régimen Tributario Especial deberán tener en cuenta los cambios y requisitos planteados por la reforma tributaria estructural. En este seminario abordaremos estas modificaciones y te enseñaremos a implementar los requerimientos tributarios para las ESAL, cooperativas y cajas de compensación familiar. Como siempre, podrás aprender a través de una metodología práctica y sencilla dirigida a todos los profesionales del área de la contabilidad y afines.
  • Entidades del régimen tributario especial bajo la nueva normatividad. Las Entidades del régimen tributario especial, con la reciente reforma tributaria, deben seguir unos pasos para calificar, actualizar y permanecer en el RTE. En este seminario analizaremos los requisitos que deben cumplir las entidades que deseen pertenecer al RTE, la reglamentación del impuesto y donaciones, y revisaremos también el formato de conciliaciones fiscales aplicable a las entidades de este régimen, teniendo en cuenta las diferencias temporarias y permanentes. Recuerda que con las Suscripciones de Actualícese siempre obtienes descuentos, logueate aquí para que el carrito de compras te liquide descuentos desde el 15 %.

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