Se liberó el 22 de julio de 2020. Sin embargo, la Dian dejó sin bloquear celdas correspondientes a cifras que solo son contables, pero no son fiscales, y viceversa.
Las personas naturales grandes contribuyentes que deban presentarlo virtualmente tienen plazo hasta agosto 9 de 2020.
Se liberó el 22 de julio de 2020. Sin embargo, la Dian dejó sin bloquear celdas correspondientes a cifras que solo son contables, pero no son fiscales, y viceversa.
Las personas naturales grandes contribuyentes que deban presentarlo virtualmente tienen plazo hasta agosto 9 de 2020.