Boletín
Martes, 26 de noviembre de 2024
¿DEBES INCLUIR LOS INGRESOS POR LA VENTA DE TU CASA DE HABITACIÓN EN LA EXÓGENA DEL 2024?
Por Sharon Steffany Grueso – Editora de Impuestos
¡Hola!
La Resolución 000162 de 2023 trae una actualización importante que debes conocer, ahora se establece que al evaluar si cumples con los topes de ingresos brutos fiscales para estar obligado a presentar la información exógena del AG 2024 debes considerar todos tus ingresos brutos fiscales. Sin embargo, no debes incluir el valor de la venta de tu casa o apartamento de habitación.
En este artículo te explicamos cuáles personas naturales quedarán obligadas a presentar dicha información.
De parte de nuestro equipo, te enviamos los mejores deseos para que tengas éxito en todos tus proyectos.
TUS 7 ACTUALIZACIONES DE HOY:
1
¿Posees un patrimonio líquido superior a 72.000 UVT? Esto debes saber para 2025
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Haz las cuentas: las personas naturales y sucesiones ilíquidas, residentes y no residentes, deberán examinar si en enero 1 de 2025 se convierten o no en sujetos del impuesto al patrimonio.
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Te explicamos: la base gravable, tarifas, valor patrimonial de los bienes raíces y claves para su presentación. En este editorial aprenderás esto y mucho más.
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2
Retención en la fuente sobre prima legal en diciembre de 2024: lo que debes saber de los procedimientos 1 y 2
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Se acerca el pago de la prima: según el procedimiento de retención en la fuente que le apliques al trabajador, es posible que el pago de la prima legal, si es inferior a $5.962.000, no esté sujeto a retención.
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¿Cuál conviene más?: en determinados casos es más beneficioso para los trabajadores estar sujetos al procedimiento 1 de retención en la fuente en lugar del procedimiento 2. ¡Aquí los detalles!
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Capacitación
Cierre contable y fiscal AG 2024 - Juan Fernando Mejía
Duración: 2 horas, 26 minutos Modalidad: Virtual Exclusivo suscriptores Platino
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3
¿La corrección del patrimonio en la declaración de renta da lugar a una sanción?
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La norma: el artículo 588 del ET establece que los contribuyentes podrán corregir sus declaraciones tributarias dentro de los 3 años siguientes al vencimiento del plazo para declarar.
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La excepción: existen casos especiales en los que no será necesario liquidar una sanción por corrección cuando el contribuyente corrija sus declaraciones tributarias. Ingresa a nuestro análisis para saber más.
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4
Sanción por corrección en información exógena: ¿cómo se calcula?
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Importante: si bien la normativa permite subsanar errores en la información presentada, es importante conocer cómo se calculan las sanciones y las posibilidades de reducción.
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Con un ejemplo práctico te explicamos: cómo se determinan las sanciones por corrección y los beneficios disponibles. ¡Sigue leyendo y descubre cómo manejar esta situación correctamente!
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5
Estas son las novedades para la información exógena del año gravable 2024 y siguientes
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Lo nuevo: mediante la Resolución 000188 de 2024, la Dian efectuó 17 ajustes diferentes a la Resolución 000162 de 2023, con la cual se había solicitado la información exógena del año gravable 2024 y siguientes.
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¡Toma nota!: 6 de tales ajustes se deberán considerar para los reportes del año gravable 2024 y los demás aplicarán para los reportes de los años gravables 2025 y siguientes.
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6 ¿Cuál de los siguientes conceptos fue agregado a los reportes del formato 1001 a partir del año gravable 2025? una pista aquí
Impuesto de renta 2025: claves para su planeación tributaria eficiente en Colombia
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