Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cédula general que se utilizará por el año gravable 2019, y el límite de 5.040 UVT de rentas exentas


Cédula general que se utilizará por el año gravable 2019, y el límite de 5.040 UVT de rentas exentas

Las personas naturales del régimen ordinario que hasta el 2018 utilizaban las cédulas de rentas de capital o no laborales solo podían restar hasta 1.000 UVT de rentas exentas en cada cédula. Sin embargo, para el año gravable 2019, al utilizar la nueva cédula general, podrán restar hasta 5.040 UVT.

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