2. Justificación de la existencia de activos fijos
3. Determinación de firma de un contador público
4. Elaboración de información exógena
A los contribuyentes del SIMPLE no se les pueden imponer rentas líquidas por activos omitidos o pasivos inexistentes, ni la sanción del artículo 434A del Código Penal.
Equivocarse en el valor fiscal de sus activos y pasivos los expone a cuatro problemas tributarios que aquí explicamos.
Este contenido solo está disponible para Suscriptores.