[Especial Declaración de Renta Personas Jurídicas Año Gravable 2010] Una sociedad readquiere las acciones de uno de sus accionistas. En el momento de la negociación la sociedad tenía un monto representativo de utilidades NO gravadas. ¿El accionista tiene derecho a descontar de la utilidad en la venta la proporción de utilidad NO gravada? (Art. 36-1 E.T.)
Responde:
Dr. Diego Guevara Madrid (Líder de Investigación Tributaria de actualicese.co)
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