Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

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Actualizado: 2 febrero, 2016 (hace 8 años)

¿Sabe cuáles son las principales novedades con las que comenzó este año y que usted, como Contador Público, debe conocer? En la edición de febrero de la Revista actualicese.co se lo contamos.

El 2016 inició con noticias contables, tributarias y laborales que anunciaron nuevas reglas y afectan el bolsillo de los colombianos. En la edición del mes de febrero presentamos un completo resumen para que usted comience el año muy bien informado.

En nuestra sección de impuestos, les contamos cómo quedó el Régimen Simplificado del IVA y del INC para este año. Cabe recordar que los responsables del régimen simplificado del IVA y aquellos pertenecientes al régimen simplificado del INC deben seguir las indicaciones señaladas en el Decreto 2460 del 2013 al momento de realizar la inscripción, actualización o cancelación en el RUT.

Por otra parte, en el régimen simplificado del impuesto nacional al consumo –INC– seguirán operando solamente las personas naturales que cumplan con el requisito fijado en el artículo 512-13 del ET y sobre las cuales la DIAN ha dicho que no se les puede sancionar cuando no facturen o facturen sin requisitos.

Amplia cobertura al tema de estándares internacionales le damos en esta edición con tres editoriales como son: Modificaciones de marcos normativos de empresas de los Grupos 1 y 2 aplicarán a partir del 2017; Decreto 2649 de 1993 sigue vigente para asuntos no regulados en las Normas Internacionales y Procesos de inscripción y actualización de contadores y sociedades de contadores fueron modificados.

En la sección laboral les contamos que las normas relativas a la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud fueron actualizadas por el Ministerio de Salud y Protección Social mediante el Decreto 2353 de 2015. De igual manera, les recordamos que las incapacidades médicas tienen 2 orígenes, común o laboral. En una incapacidad por origen común el empleador podrá terminar con justa causa el contrato laboral si esta supera los 180 días, situación que no se da cuando se trata de una enfermedad laboral.

En temas comerciales respondemos inquietudes como: en una sociedad, ¿los socios responden con su patrimonio?, ¿cuál es el límite de su responsabilidad jurídica? ¿sabe qué es el velo corporativo?, interrogantes que nacen en las sociedades de capital. Otro de los temas analizados es que algunas personas consideran que vivir por años en el mismo bien les da derecho a solicitar la prescripción adquisitiva de dominio y ser sus dueños. No obstante, esta figura solo se da cuando quien vive en el inmueble actúa como amo, señor y dueño.

También analizamos diversos temas de auditoría, finanzas, al igual que publicamos conferencias, entrevistas, opiniones, y una serie de útiles herramientas.

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