Para las entidades del régimen tributario especial, a partir de 2018 se inició la labor de solicitud de permanencia, calificación, actualización anual y, en algunos casos, la readmisión. No obstante, las cooperativas no requieren realizar dicha solicitud, pues nacen perteneciendo a este régimen. Esta y otras novedades, a continuación.
* Actualizado al 27 de noviembre de 2019
La Dian anunció que los contribuyentes interesados en pertenecer al régimen tributario especial tendrán plazo para presentar la solicitud de calificación o readmisión hasta el 30 de noviembre de 2019. Dicha solicitud deberá ser presentada mediante el servicio informático del RTE.
Las entidades sin ánimo de lucro –Esal– son personas jurídicas legalmente constituidas, cuyos aportes, utilidades o excedentes no son reembolsados, ni distribuidos bajo ninguna modalidad. Por el contrario, los rendimientos obtenidos al finalizar el año son invertidos en el mejoramiento de sus procesos o actividades en el desarrollo de su objeto social.
Ahora bien, las Esal tienen la posibilidad de solicitar su calificación como contribuyentes del régimen tributario especial –RTE–, siempre que las mismas se encuentren legalmente constituidas y su objeto social corresponda a una de las actividades meritorias mencionadas en el artículo 359 del Estatuto Tributario, las cuales buscan contribuir al desarrollo integral de la sociedad o de una comunidad mediante el apoyo a sectores débiles o población vulnerable, tales como madres cabeza de familia, niños, investigación, educación, entre otros.
Las asociaciones, fundaciones y corporaciones que sean Esal y que pertenezcan al RTE tienen como principal beneficio la aplicación de la tarifa correspondiente al 20 % del impuesto sobre la renta y complementario.
Además, cuando sus excedentes sean destinados directa o indirectamente al desarrollo del objeto social, estos tendrán el carácter de rentas exentas en el año siguiente a aquel en el cual fueron obtenidos.
El régimen tributario especial –RTE– ofrece beneficios tributarios a los cuales las entidades sin ánimo de lucro –Esal– podrán acceder, siempre y cuando cuenten con la calificación dentro de este régimen. Dichas entidades tendrán plazo hasta el 30 de noviembre de 2019 para presentar la solicitud. ¿Cuánto sabes sobre la calificación de las Esal en el RTE?