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Artículo 26 Los ingresos son base de la renta líquida La renta líquida gravable se determina así de la suma de todos los ingresos ordinarios y extraordinarios realizados en el año o período gravable que sean susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción y que no hayan sido expresamente exceptuados se restan las devoluciones rebajas y descuentos con lo cual se obtienen los ingresos netos De los ingresos netos se restan cuando sea el caso los costos realizados imputables a tales ingresos con lo cual se obtiene la renta bruta De la renta bruta se restan las deducciones realizadas con lo cual se obtiene la renta líquida Salvo las excepciones legales la renta líquida es renta gravable y a ella se aplican las tarifas señaladas en la ley
Concordancia
Doctrina
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