Artículo 639
Artículo 639 Sanción mínima El valor mínimo de cualquier sanción incluidas las sanciones reducidas ya sea que deba liquidarla la persona o entidad sometida a ella o la Administración de Impuestos será equivalente a la suma de 10 UVT
El valor de la UVT aplicable para el 2020 es de $35607 según Resolución 000084 del 28 de noviembre de 2019
< Inciso modificado por el artículo 280 de la Ley 1819 de 2016 > Lo dispuesto en este artículo no será aplicable a los intereses de mora a las sanciones contenidas en los numerales 1 y 3 del artículo 658 3 de este Estatuto ni a las sanciones relativas a la declaración del monotributo
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