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La Dian, a través de la Resolución 000114 del 21 de diciembre de 2020, derogó la anterior Resolución 000139 de noviembre de 2012 y expidió un nuevo listado de códigos de actividades económicas que los declarantes de impuestos nacionales deben reportar en las casillas 46 a 50 de la primera página de su RUT.
Ahora bien, entre los pocos códigos nuevos que empezaron a figurar por primera vez en dicho listado figura el 0020, designado de forma exclusiva para las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas pensionadas, cuyos ingresos provengan de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional.
El propósito de este requerimiento no es otro que diferenciar y clasificar correctamente en el RUT a quienes son pensionados o asalariados, pues esta última categoría venía siendo usada por los pensionados al no existir una propia para ellos.
(En este punto podrás encontrar el tiempo exacto en el que es abordado cada tema en la Sesión de Actualización)
Germán Torres Torres
Director académico Actualícese. Contador Público, especialista en gerencia tributaria y magister en tributación. Ha desempeñado cargos académicos como director del programa de Contaduría Pública en prestigiosas universidades del país, además de ser par académico del ministerio de educación nacional. Se ha desempeñado como asesor tributario, director contable y financiero en compañías nacionales y multinacionales, del sector real y de servicios. También ha sido Revisor Fiscal de empresas de ingeniería civil y de producción industrial. Actualmente es CEO y director General de una compañía del sector educativo, es docente de pregrado y posgrado de temas tributarios de diferentes universidades a nivel nacional y un reconocido conferencista en temas tributarios.Fecha de grabación: Febrero 2 de 2021
Fecha de última actualización: Febrero 5 de 2021
Duración: 1 horas 2 minutos
Conózca más sobre las cesantías
Conózca las fórmulas para Liquidación de las Cesantías
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Conózca más sobre la prima legal de servicios
Conózca las fórmulas para Liquidación de la Prima
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor de la liquidación
de las vacaciones de tus empleados.
Conózca más sobre las vacaciones
Conózca las fórmulas para Liquidación de Vacaciones
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor unitario de las horas nocturnas,
extra diurnas/nocturnas y dominicales/festivos de tus empleados.
Conózca más sobre las horas extra
Conózca las fórmulas para Liquidación de Horas extra
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Este simulador te ayudará a calcular el valor de la nómina mensual para un empleado del servicio doméstico contratado tiempo completo.
Conózca más sobre la nómina para el servicio doméstico
Salario mínimo legal vigente | $ 908.526 |
Salario mínimo integral vigente | $ 11.810.838 |
Auxilio de transporte | $ 106.454 |
Unidad de Valor Tributario (UVT) | $ 36.308 |
Las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF- y las Normas de Aseguramiento de la Información -NAI- se hicieron públicas en Colombia con el permiso de la Fundación IFRS, por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en colaboración con el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia.
Para acceder a la traducción oficial de los estándares puede ingresar a los siguientes enlaces:
Traducción al español de las Normas Internacionales de Información Financiera y sus interpretaciones.
Norma Internacional de Auditoría, Norma Internacional de Control de Calidad, Norma Internacional sobre Compromisos de Revisión, Norma Internacional para Compromisos de Aseguramiento, Norma Internacional sobre Servicios Relacionados o al Glosario de Términos del Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento.
*La consulta solo está disponible para usuarios registrados. Si es la primera vez que ingresa, haga clic en el botón “registrarme” y siga los pasos indicados.
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IPC | |
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(Ver tabla) | |
2019 | 3,80 % |
2018 | 3,18 % |
2017 | 4,09 % |
2016 | 5,75 % |
2015 | 6,77 % |
2014 | 3,66 % |
Tasa de Interés - Dian | |
Artículo 635 del ET (su inciso segundo fue modificado por el artículo 279 de la Ley 1819 de 2016) Tasa aplicable a las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian– |
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Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 25,29 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 26,04 % |
Interés Bancario Corriente - Superfinanciera | |
Consumo y Ordinario | |
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 18,19 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 18,69 % |
Microcrédito | |
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020 | 37,05 % |
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020 | 36,53 % |
Consumo bajo monto | |
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020 | 34,18 % |
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 | 34,25 % |
Tasa de Usura - Superfinanciera | |
Consumo y Ordinario | |
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020 | 27,29 % |
Entre el 1 y 30 de abril de 2020 | 28,04 % |
Microcrédito | |
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020 | 55,58 % |
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2019 | 54,80 % |
Consumo bajo monto | |
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020 | 51,27 % |
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019 | 51,38 % |
Contribuyentes no obligados a declarar renta por el año gravable 2019 |
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La persona natural queda exonerada de presentar la declaración del impuesto sobre la renta si durante el año gravable 2019 no fue responsable de IVA y, además, cumple con la totalidad de los siguientes 6 requisitos: | ||||||||||||||||||||
Requisito | UVT $34.270 | Valor |
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Patrimonio bruto a diciembre 31 no exceda | 4.500 | $ 154.215.000 |
Ingresos brutos a diciembre 31 inferiores a | 1.400 | $ 47.978.000 |
Consumos con tarjeta de crédito no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
Compras y consumos totales del año no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
Consignaciones, depósitos, o inversiones no excedan | 1.400 | $ 47.978.000 |
No deben ser responsables de IVA en el régimen común al cierre del año |
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