En esta publicación se analiza en qué consiste el denominado piso de protección social, reglamentado a través del Decreto 1174 de 2020 expedido por el Ministerio del Trabajo.
En esta publicación se analiza en qué consiste el denominado piso de protección social, reglamentado a través del Decreto 1174 de 2020 expedido por el Ministerio del Trabajo.
Piso de protección social en Colombia según el Decreto 1174 de 2020
En esta publicación se da a conocer qué se entiende por el piso de protección social en Colombia, qué normas lo regulan y cuál es su finalidad.
¿Cuáles son las personas beneficiarias del piso de protección social?
A continuación, se analiza cuáles son los requisitos que se requieren para las personas que desean unirse y gozar de los beneficios de pertenecer al piso de protección social, regulado por el Decreto 1174 de agosto 27 de 2020.
Derecho a la pensión por vejez, invalidez o de sobrevivencia bajo el piso de protección social
En esta publicación se explica si las personas que se acojan al piso de protección social tendrán derecho al reconocimiento de la pensión por vejez, invalidez o de sobrevivencia. Recordemos que este piso de protección social fue creado a través de la Ley 1955 de 2019 y aplica para trabajadores dependientes e independientes.
Entidad para hacer la afiliación y el pago al piso de protección social
A continuación, se menciona en cuál entidad se debe hacer la afiliación de las personas que deseen ser vinculadas al piso de protección social; además, se explica cómo serán efectuados los pagos.
Pago de prestaciones sociales para trabajadores afiliados al piso de protección social
Conoce en esta publicación si las personas que queden cobijadas por el piso de protección social tendrán derecho a recibir el pago de las prestaciones sociales, es decir, la prima de servicios, las cesantías y los intereses a las cesantías.
Pago de incapacidades médicas y licencias de maternidad en el piso de protección social
En esta publicación se da a conocer si las personas vinculadas al piso de protección social tienen derecho al pago de las incapacidades médicas (sean por enfermedad de origen común o de origen laboral) y a las licencias de maternidad y paternidad, establecidas en la Ley 1822 de 2017.
Material relacionado: