A través de la Circular 201-000008 de 2019 la Supersociedades fijó los plazos y condiciones para que las sociedades de los grupos 1, 2 y 3 reporten sus estados financieros del 2019.
En esta ocasión, las sociedades que pertenezcan al grupo 3 reportarán virtualmente.
A través de la Circular 201-000008 de 2019 la Supersociedades fijó los plazos y condiciones para que las sociedades de los grupos 1, 2 y 3 reporten sus estados financieros del 2019.
En esta ocasión, las sociedades que pertenezcan al grupo 3 reportarán virtualmente.