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Reforma tributaria: panorama fiscal para personas naturales e impuestos adicionales

Se dejará hasta el 50 % el beneficio tributario que permite descontar el ICA en el impuesto de renta a personas jurídicas.

Se incrementará tarifa de renta de empresas al 35 % a partir de 2022.

Se extenderá temporalmente la sobretasa al sector financiero de 3 puntos porcentuales, desde 2022 hasta 2025.

Fecha de publicación: 27 de julio de 2021
Reforma tributaria: panorama fiscal para personas naturales e impuestos adicionales
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Se dejará hasta el 50 % el beneficio tributario que permite descontar el ICA en el impuesto de renta a personas jurídicas.

Se incrementará tarifa de renta de empresas al 35 % a partir de 2022.

Se extenderá temporalmente la sobretasa al sector financiero de 3 puntos porcentuales, desde 2022 hasta 2025.

En su comentario económico Alivio temporal con el proyecto de inversión social, Anif expuso las principales propuestas del proyecto de reforma tributaria anunciado y analizó las implicaciones de las medidas en la situación fiscal actual del país. Dichas disposiciones fueron presentadas finalmente por el Gobierno el pasado 20 de julio.

Socializamos el análisis que hace el centro de estudios económicos sobre los tributos que manejará la próxima reforma tributaria.

No se modificará el panorama fiscal para personas naturales

Uno de los aspectos más discutidos fue el de la adopción de instrumentos de recaudo adicionales que supongan un esfuerzo fiscal para las personas naturales, como lo son el cambio en la estructura del IVA, el aumento de la base de personas naturales que pagan renta e impuestos a las pensiones con altos subsidios del Estado. Al respecto, se decidió no incluir ninguna de esas propuestas en el nuevo proyecto.

Según Anif, llegar a ese propósito era necesario para darle viabilidad al proyecto de reforma, pero hay espacio para que las personas de ingresos más altos contribuyan en una mayor proporción.

Ante las necesidades de gasto crecientes y la falta de progresividad en el sistema fiscal colombiano no podemos seguir ignorando los cambios estructurales que necesita el sistema fiscal del país en términos de progresividad y redistribución. Así, en esta oportunidad se puede empezar a avanzar en ese sentido sin incluir a la clase media y sin poner en riesgo la viabilidad política de la reforma.

Impuestos adicionales

En lo concerniente a tributos adicionales, la reforma sigue el camino tradicional de las que se han aprobado en los últimos años. El Gobierno nacional decidió echar para atrás algunas disposiciones contempladas en la tributaria pasada.

Primero, se dejará hasta el 50 % el beneficio tributario que permite descontar el ICA en el impuesto de renta para personas jurídicas y no llegará al 100 % (como estaba previsto que funcionaría a partir del 2021 por la ley de crecimiento del 2019), con eso se proyecta recaudar 3,9 billones de pesos.

Segundo, se incrementará la tarifa de renta de las empresas de 30 % a 35 % a partir de 2022, que supone un recaudo estimado de 6,7 billones de pesos.

Tercero, se extenderá temporalmente la sobretasa al sector financiero de 3 puntos porcentuales, desde 2022 hasta 2025, que supondría un recaudo calculado de 0,4 billones de pesos a precios de 2023.

Sumado a lo anterior, se estima implementar la normalización tributaria para el año gravable 2022, lo que generaría un recaudo adicional de 0,3 billones en el 2021 y 0,4 billones en el 2022.

Sobre lo anterior, si bien se llegó a acuerdos con gremios empresariales, inquieta que no haya un tratamiento de tarifas diferenciadas de renta con respecto a las mipymes. Un hecho que impone barreras para los objetivos de generación de empleo y de disminución de la pobreza que persigue la reactivación económica del país en general.

“Mayores imposiciones tributarias podrían afectar directamente la creación y sostenimiento de empleos formales”

Indica el informe que durante los últimos tres años las mipymes han dado impulso al empleo en el país y han aportado en mayor medida a la producción nacional. Mayores imposiciones tributarias podrían afectar directamente la creación y sostenimiento de empleos formales. De igual forma, podría afectar la estabilidad de las empresas y de su verdadera contribución tributaria.

Por eso es importante recordar que las empresas, en especial las mipymes, no son ricas o pobres. Las empresas son el motor de la generación del empleo y del crecimiento económico del país, grabarlas más allá del punto eficiente genera grandes distorsiones en términos de inversión y productividad.

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