El Decreto 849 de 2020 reglamentó el beneficio de 10 años de rentas exentas agropecuarias, contemplado en el artículo 235-2 del ET.
El beneficio aplica a las sociedades del régimen ordinario que cumplan varios requisitos, pero su utilidad contable pasaría luego como gravada a los socios o accionistas.
El Decreto 849 de 2020 reglamentó el beneficio de 10 años de rentas exentas agropecuarias, contemplado en el artículo 235-2 del ET.
El beneficio aplica a las sociedades del régimen ordinario que cumplan varios requisitos, pero su utilidad contable pasaría luego como gravada a los socios o accionistas.