Quienes tributan en el régimen ordinario deben informar su patrimonio fiscal, y al ocultarlo les aplica la sanción del artículo 434A del Código Penal. Es posible que quienes tributarán en el régimen simple no tengan que informar su patrimonio fiscal y, por tanto, no les aplicaría dicha sanción.
Los representantes legales podrán perder su libertad debido al incumplimiento de la responsabilidad relacionada con la omisión en la consignación de sumas correspondientes a la retención en la fuente, IVA o el monto por el impuesto al consumo, de acuerdo con el artículo 402 de la Ley 599 del 2000.