¿Los contribuyentes que califican como no declarantes de renta o de ingresos y patrimonio no pueden actuar como agentes de retención?
Compartimos esta lista de chequeo en la cual incluimos los requisitos para ser autorizado a actuar como autorretenedor del impuesto sobre la renta. Siguiendo los pasos puedes identificar si cumples con dichas disposiciones para proceder a realizar la solicitud ante la Dian.
Con la intención de determinar los criterios de selección de las sociedades y/o entidades que deban ser designadas como agentes de retención del IVA, de forma tal que se garantice, facilite y acelere el recaudo del impuesto dentro de los preceptos de modernización, legitimidad y cercanía con el ciudadano, el 11 de marzo de 2019 la Dian dio a conocer la Resolución 000051, por medio de la cual establece los requisitos y los trámites para la designación como agente de retención del IVA, así como las causales de retiro de la autorización para actuar como agente. Cabe resaltar que la presente norma deroga la Resolución 006339 de 2011.
La Dian expidió su Resolución 5707 de agosto 5 de 2019, que reemplaza a la Resolución 4074 de 2005 y redefine los requisitos que deberán cumplir los interesados en ser autorizados como autorretenedores a título de renta. Esta vez la autorización se podrá dar tanto a personas jurídicas como a naturales.
La Dian concluye que las personas jurídicas, domiciliadas o no en el territorio nacional, una vez adquieran un bien inmueble en Colombia deberán practicar la retención en la fuente establecida en el parágrafo del artículo 401 del ET.
¿Cómo funciona la retención en la fuente por concepto del IVA en las compras realizadas por un gran contribuyente a una persona que no es domiciliada en el país?
¿Qué tipo de obligaciones tributarias recaen sobre un agente de retención en la fuente a título de renta?
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
¿Cuáles son los cambios efectuados con la Ley de financiamiento en materia de retención en la fuente por concepto de IVA?
Pregunta resuelta el 14 de marzo de 2019.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
¿A qué sanciones se arriesga una entidad que no haya pagado retención en la fuente desde junio del 2018?
Resuelta el 21 de febrero de 2019.
Tras las modificaciones realizadas por el artículo 5 de la Ley de financiamiento 1943 de 2018 al artículo 437-1 del ET, se establece que la retención en la fuente a título de IVA podrá llegar a ser hasta del 50 % del valor del impuesto para los casos determinados por el Gobierno.
Las personas naturales comerciantes que en el año anterior hubiesen poseído un patrimonio o ingresos brutos superiores a $994.680.000 será agentes de retención sobre los pagos por concepto de honorarios, comisiones, arrendamientos, rendimientos financieros y compras para el año gravable 2018.
Los agentes de retención son aquellas personas naturales o jurídicas autorizadas por la ley para efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente. Así mismo, se han estipulado las obligaciones que estos agentes deben cumplir y las sanciones por el incumplimiento de las mismas.