El artículo 574-1 del ET, creado con el artículo 94 de la Ley 1943 de 2018 y ratificado con la Ley 2010 de 2019, establece que la Dian debe diseñar un anexo especial para que los contribuyentes del impuesto de renta obligados a llevar contabilidad detallen el valor que reporten como otras deducciones.
El artículo 574-1 del ET, creado con el artículo 94 de la Ley 1943 de 2018 y ratificado con el artículo 106 de la Ley 2010 de 2019, establece que la Dian debe diseñar un formulario especial que sirva como anexo para que los contribuyentes detallen el valor que reporten como otras deducciones.
Según el artículo 94 de la Ley 1943 de 2018, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario obligados a llevar contabilidad deberán diligenciar un nuevo formulario anexo a la declaración de renta. Profundizamos en qué consiste.
Al elaborar la declaración de renta de las personas naturales por el año gravable 2018 se deberán tener en cuenta al menos doce novedades, algunas de las cuales destacaremos a continuación. Los plazos para cumplir con tal requisito van desde el próximo 6 de agosto hasta el 17 de octubre de 2019.
De acuerdo con el artículo 94 de la Ley 1943 de 2018, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios obligados a llevar contabilidad deberán diligenciar un nuevo formulario anexo a la declaración de renta, en el cual se detallará lo correspondiente al renglón “otras deducciones”.
La declaración de renta de las personas jurídicas correspondiente al año gravable 2018 presenta ciertas novedades, de acuerdo con algunas modificaciones efectuadas por la Ley 1819 de 2016, que solo entraron en vigor a partir del año en mención. En este editorial nos referimos a tales novedades.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
¿Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deben presentar el nuevo anexo de otras deducciones a la declaración de renta?
Pregunta resuelta el 7 de marzo de 2019.
Mediante Resolución 000016 de marzo 7 de 2019, publicada en el diario oficial de marzo 13, se prescribió el formulario 110 para las declaraciones del año gravable 2018 y fracción del 2019. Por su parte, el formulario 210 fue prescrito para el año gravable 2018 y no será procedente por fracción del 2019.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
¿Quiénes deberán presentar el nuevo anexo de “otras deducciones” en la declaración del impuesto sobre la renta y complementario?
Pregunta resuelta el 7 de marzo de 2019.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
¿A qué declaraciones de renta les exigirán el anexo de otras deducciones?
Resuelta el 21 de febrero de 2019.
El nuevo artículo 574-1 del ET, creado con el artículo 94 de la Ley 1943 de 2018, es una norma de procedimiento tributario que aplicará a todos los obligados a llevar contabilidad, sin importar si declaran en el formulario 110 o 210 presentado a partir del 1 de enero de 2019.