Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: aplicación de nuevos marcos técnicos contables

Decreto 1998 de 30-11-2017

Decreto, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 30 noviembre, 2017

Considerando que el artículo 772-1 del ET –Conciliación fiscal– adicionado por artículo 137 de la Ley 1819 de 2016, señala que los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deben llevar un sistema de control o conciliaciones de las diferencias que surjan entre los nuevos marcos técnicos normativos contables y las disposiciones del Estatuto Tributario, y que el artículo 868-2 del ET –Moneda funcional para efectos fiscales– fue adicionado mediante el artículo 138 de la Ley 1819 de 2016; es necesario aclarar la forma como se debe realizar la conversión de la información contable de una moneda funcional diferente al peso colombiano, de tal forma que la administración tributaria pueda validar dichas conversiones. Por lo anterior, el Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 1998 del 30 de noviembre de 2017, con el cual sustituye la parte 7 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar el sistema de conciliación fiscal de las diferencias que se originen de aplicar los nuevos marcos técnicos contables.

Concepto 627 de 18-07-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 18 julio, 2017

La responsabilidad por la elaboración de los estados financieros que se colocan a disposición de los copropietarios en una propiedad horizontal es de la administración de la copropiedad, y por ende le corresponderá a ella, con fundamento en el marco de información financiera que resulte aplicable, establecer las políticas contables que deben ser aplicadas al elaborar y presentar los estados financieros de propósito general. Para cumplir los requerimientos de revelación, un resumen de las políticas contables significativas debe ser incluido en las notas a los estados financieros. Por consiguiente, aunque no es responsabilidad de la Asamblea de Copropietarios aprobar las políticas contables, no significa que no deba estar informada sobre las mismas, las cuales, se entiende, cumplen con los requisitos del marco de información financiera aplicado por la copropiedad.

Concepto 550 de 20-06-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 20 junio, 2017

Una entidad obligada a llevar contabilidad de conformidad con los nuevos marcos de información financiera también deberá dar cumplimiento a los requerimientos especiales de las autoridades de supervisión y otras disposiciones legales. La obligatoriedad de inscripción en el registro mercantil de los grupos económicos se debe hacer de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 222 de 1995.

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