En esta publicación se aclaran dudas relacionadas con el pago de la denominada licencia por luto.
Este derecho laboral, que tiene una duración de 5 días hábiles, está regulado por la Ley 1280 de 2009, pago que a su vez debe ser asumido en su totalidad por el empleador.
¿Cuál es la duración de la licencia por luto y bajo qué condiciones es otorgada? ¿Para dicha licencia se toman en cuenta los sábados?