Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: calendario factura electrónica

Concepto 27943 de 08-11-2019

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 8 noviembre, 2019

La Dian indica que a cada entidad le corresponde determinar a cuál de los grupos pertenece, y de esta forma establecer la fecha límite para iniciar a expedir factura electrónica de venta de acuerdo con el calendario estipulado en la Resolución 000064 de 2019.

Resolución 000064 de 01-10-2019

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 1 octubre, 2019

Los obligados a expedir factura electrónica de venta se encuentran en el proceso de implementación de las tecnologías para el cumplimiento de la obligación. Para ello es necesario culminar las actividades que permitan la interacción e interoperabilidad que requiere el servicio informático de factura electrónica.
Por lo anterior, la Dian expidió la Resolución 000064 de octubre 1 de 2019, mediante la cual modificó la fecha máxima para que los obligados inicien la expedición de la factura electrónica de venta dispuesta en los calendarios de implementación establecidos en los numerales 1 y 2 del artículo 3 de la Resolución 000020 del año en curso. Así, por ejemplo, los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta, que deban cumplir con lo indicado para los grupos 1, 2, 3 y 4 del calendario del numeral 1 de la presente norma podrán contar con tres meses adicionales a partir de la fecha máxima para iniciar la expedición de la factura electrónica de venta. Los obligados que deban cumplir, entre otras precisiones, con lo indicado en el numeral 1 para los grupos 5 al 14 podrán contar con dos meses adicionales.

Resolución 000020 de 26-03-2019

Impuestos, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 26 marzo, 2019

El 26 de marzo de 2019 la Dian expidió la Resolución 000020, mediante la cual señala los sujetos que deben expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición, dentro de los cuales están los responsables del IVA, los responsables del INC, los contribuyentes inscritos en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación, entre otros.
Cabe resaltar que en la presente norma también se fija el calendario con las fases y fechas en las cuales se debe iniciar la implementación de la factura electrónica de venta. Dicho calendario se divide en dos: uno para los sujetos obligados de acuerdo con la actividad económica principal inscrita en el RUT, y otro que no atiende a la actividad económica CIIU y está destinado a otros sujetos obligados a facturar electrónicamente.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,