Una persona natural para fines tributarios deberá analizar a qué categoría tributaria podría pertenecer. Una de estas es la de trabajador por cuenta propia, para la cual es necesario cumplir las disposiciones contenidas en el Decreto 3032 de 2013 y la pregunta propuesta en el Concepto 885 de 2014.
El artículo 329 del ET clasifica a las personas naturales en empleado, trabajador por cuenta propia y otros contribuyentes. De este modo, mediante el Concepto 885 del 31 de julio de 2014, la DIAN formuló unas preguntas para que las personas identificaran a qué categoría pertenecen.
El artículo 329 del ET clasifica a las personas naturales en empleado, trabajador por cuenta propia y otros. De este modo, la DIAN, mediante el Concepto 885 del 31 de julio del 2014, formuló unas preguntas para que las personas identificaran a qué categoría pertenecen.
Entre las categorías para clasificar a las personas naturales para efectos tributarios está la de los empleados. En este sentido, en el artículo 2 del Decreto 3032 del 2013, se encuentran estipulados tres conjuntos de condiciones para evaluar si la persona puede ser catalogada como empleado.