IESBA publicó revisiones del Código de Ética para contadores con cambios en las normas de independencia para trabajos de aseguramiento, auditoría y revisión.
Entre las revisiones están las enmiendas a ciertos requisitos de independencia a la luz de la definición revisada de cliente de aseguramiento.
Falta de traducción del Código de Ética para los profesionales contables origina desactualización.
El Decreto 2270 de 2019 contiene un anexo que no hace parte del proceso regulatorio establecido por la Ley 1314 de 2019, y que incluye artículos de la antigua normatividad, generando incorrecciones.
Kevin Dancey de IFAC opina que los contadores públicos deben desarrollar habilidades de alta tecnología para ayudar a sus organizaciones.
IFAC apoya adopción de legislación de protección de denunciantes contra corrupción.
El Código Internacional de Ética es el estándar para transparencia en sectores público y privado.
Mejorar la solidez de los principios de integridad, objetividad y comportamiento profesional, la responsabilidad del contador de actuar sobre el interés público y la mente investigativa al aplicar el marco conceptual, son algunos puntos que se debatirán y podrían modificarse en el Código de Ética.
El eCode, como se le conoce, es una nueva plataforma para el ejercicio profesional, la cual aprovecha las tecnologías modernas. A su vez, su contenido es más accesible, visible y fácil de usar. Cabe resaltar que el IESBA trabajó cinco años en la reestructuración del Código de Ética.
El Código de Ética compilado en el anexo 4.1 del DUR 2420 de 2015 señala los principios fundamentales que debe observar el contador público en su ejercicio profesional, e indica las amenazas que podrían comprometer su cumplimiento. Revisa tus conocimientos sobre el tema con esta trivia.
El IESBA emitió un documento con los cambios propuestos para ajustar la parte 4B del Código de Ética al lenguaje y metodología establecida en la ISAE 3000 (revisada), aprobada por el IAASB en diciembre de 2013. Mencionamos algunas implicaciones de estas modificaciones.
El CTCP informa que en el anexo 4 del DUR 2420 de 2015 se encuentra el Código de Ética emitido por la IFAC, el cual debe ser aplicado por los contadores en Colombia.
El CTCP reitera que en los anexos 1, 2, 3 y 4 del DUR 2420 de 2015, están contenidas las Normas Internacionales de Información Financiera, las Normas de Aseguramiento de la Información y las normas del Código de Ética que deben ser observadas por los preparadores de información financiera de las entidades del grupo 1, 2 y 3.
La UGPP y la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, firmaron un convenio para la promoción del cumplimiento normativo en el sistema de protección social y de los principios establecidos en el código de ética del profesional contable.
El CTCP señala que cuando el profesional se desempeñe como contador público de una empresa deberá tener en cuenta los lineamientos establecidos en el código de ética para los profesionales de la contabilidad.
El CTCP precisa que no existe normatividad que estructure inhabilidad para que un contador público acepte ser contador de una sociedad de un familiar. Sin embargo, es importante tener en cuenta las posibles amenazas que afectarían de manera directa la objetividad del cargo, debido a que se podría configurar un conflicto de interés como lo establece el código de ética.