Hasta el 21 de mayo de 2018 las ESAL que existían a diciembre de 2016 y las que se convirtieron en contribuyentes del impuesto de renta podrán realizar la solicitud de permanencia al régimen especial. Aquí encontrará uno de los formatos que posiblemente deba presentarse en el registro web.
Son varios los documentos que deben presentar las entidades que realicen el proceso de permanencia o calificación al régimen tributario especial, entre ellos los enunciados en el parágrafo 2 del artículo 364-5 del ET y el artículo 1.2.1.5.1.8 del DUT 1625 de 2016, como se muestra en este formato.