Con el inicio del último bimestre del año, es fundamental mantenerse al tanto de todas las obligaciones tributarias por cumplir.
La planificación fiscal es esencial para evitar caer en sanciones e intereses de mora que podrían incrementar significativamente el costo de estas obligaciones.
La Ley 2277 de 2022 –la reforma tributaria más reciente– ha implementado una serie de cambios en el impuesto sobre la renta para las personas jurídicas.
Estos cambios entrarán en vigor a partir del AG 2023.
A continuación, te ofrecemos un resumen de las principales novedades que debes tener en cuenta.
Luego de los cambios introducidos con los artículos 4, 10, 11 y 96 de la Ley 2277 de 2022, las personas jurídicas del régimen ordinario o especial, dependiendo de múltiples factores especiales, tendrán que seleccionar entre 9 posibles tarifas diferentes para liquidar su impuesto básico de renta.
De acuerdo con el artículo 240 del ET, al efectuar el cálculo de la tasa mínima de tributación se permitirán restar de forma plena 4 diferentes tipos de rentas exentas.
De acuerdo con la Dian para usar otro tipo de rentas exentas, estas deben limitarse como te explicamos en este editorial.
En la declaración de renta de las personas jurídicas para el año gravable 2023, se pueden imputar ciertos costos y deducciones autorizadas por la ley para la determinación del impuesto a cargo.
A continuación, exploraremos estos beneficios que pueden ser incluidos en la declaración de renta.
En la Sentencia C-384 la Corte indicó que la nueva forma de tributación introducida con la Ley 2277 de 2022 no aplicará a las personas jurídicas que al 13 de diciembre de 2022 se habían instalado como usuarias industriales de zonas francas, estas seguirán tributando con las tarifas del 15 % o 20 %.
Durante el año gravable 2023 y siguientes se formarán cuatro escenarios de tributación diferentes para este tipo de personas jurídicas, todo dependiendo de la fecha en que fue construido o remodelado el respectivo hotel.
Te explicamos cada uno de estos escenarios a continuación.
De acuerdo con la Sentencia del Consejo de Estado 026676 de julio 19 de 2023, hemos elaborado este caso práctico sobre bancarización, con los cálculos que deberán hacer las personas jurídicas para definir qué parte de sus costos, gastos y pasivos pagados en efectivo en el 2023 será rechazada fiscalmente.
Aprende sobre los beneficios tributarios, como las rentas exentas, descuentos, costos y deducciones, que las personas jurídicas en Colombia podrán aplicar en su declaración de renta del AG 2023.
La reforma tributaria ha introducido novedades en dichos beneficios, conócelos a través de esta matriz en Excel.
La Ley 2277 de 2022 ha realizado cambios en el tratamiento de diversos beneficios, entre ellos algunas deducciones y descuentos tributarios que podrán ser aplicados por personas jurídicas en el período gravable 2023.
Para comprender las novedades te ofrecemos este caso práctico con 2 ejercicios en Excel.
El artículo 240 del ET, modificado por la Ley 2277 de 2022, contempla que al cierre del 2023 existirán 7 nuevos tipos de personas jurídicas obligadas a liquidar sobretasa al impuesto de renta, pero solo cuando superen ciertos montos en su renta líquida gravable y usando diferentes porcentajes.
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