Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si un empleador envía a sus trabajadores a casa cuando estos cumplen las labores asignadas en menos tiempo del estipulado, ¿dicho empleador puede descontar del salario las horas que no se trabajan debido a lo anterior?
El Código Sustantivo del Trabajo establece taxativamente los eventos frente a los cuales el empleador está autorizado para realizar descuentos del salario de sus trabajadores. Existen circunstancias en las cuales es necesaria la autorización del empleado para efectuar dichos descuentos.
Supersociedades. Sociedades de libranza.
Una cosa son las deducciones o compensaciones durante la vigencia del contrato, que las que se realizan en la liquidación final del contrato de trabajo, pues en la primera se requiere autorización previa y expresa del trabajador, mientras que en el segundo caso no se requiere del ex trabajador, siempre que sean acreencias legales y exigibles, de lo contrario nace la sanción moratoria.
La nueva Ley de Libranza o Ley 1527 de 2012 establece que se puede pagar cualquier bien o servicio adquirido a crédito con el salario. Pero dicha orden debe respetar unos montos del salario, al igual que no puede comprometer prestaciones sociales. Además, que una sola orden del trabajador sirve para varios empleadores mientras esté debiendo. Aquí la autorización que debe suscribir el trabajador.
Con la expedición de la Ley 1527 de 2012, el trabajador puede adquirir toda clase de bienes y servicios garantizando su pago con su salario, pero jamás puede comprometer sus prestaciones sociales. Los bancos siguen insistiendo en que el trabajador las comprometa siendo ilegal.
En esta cuarta parte, el Dr. Coral toca el tema de los descuentos en el salario y presenta una serie de diferencias entre los que necesitan autorización del trabajador y los que no lo necesitan. De igual manera, toca ítems como los adelantos y préstamos de salario.
Acaba de publicarse el fin de semana, la nueva Ley que permite al trabajador garantizar con su salario, al pensionado con su pensión y al contratista con sus honorarios la adquisición de créditos, bienes y servicios de cualquier naturaleza. La norma tiene sus ventajas, pero puede ser demasiado peligrosa para el trabajador como para el empleador.
Congreso de Colombia. Por medio de la cual se establece un marco general para la libranza o descuento directo y se dictan otras disposiciones.
En el transcurso de esta conferencia, el Dr. Alexander Coral actualiza información sobre modificaciones en cesantías, vacaciones, reglamento interno de trabajo, préstamos y descuentos de salario.
Tal como quedó la modificación de los artículos 149 y 151 del Código Laboral según Ley 1429 de 2010, ya no se podrá prestar dinero o adelantar salario, a los trabajadores que perciban igual o menos de 1 s.m.m.l.v.
Con la modificación al Código Laboral en aspectos sobre préstamos o anticipos de salario, el legislador fue severo al imponer la potestad al Inspector de Trabajo para sancionar al empleador que modifique dichas condiciones.