El Código Sustantivo del Trabajo establece los eventos en los cuales el empleador está autorizado para realizar descuentos del salario de sus trabajadores. No obstante, según la naturaleza de la obligación, dichas retenciones deben ser realizadas bajo determinados límites.
La legislación laboral establece determinadas pautas para la procedencia de embargos al salario, dependiendo de la naturaleza de la obligación. Conozca mediante este editorial el monto máximo que puede serle embargado por deudas con una entidad financiera.
¿Qué parte del salario de un trabajador puede ser embargada por orden de un juez con ocasión a una deuda con una entidad financiera?
Los embargos constituyen retenciones legales ejecutadas por el empleador sobre el salario del trabajador, con la finalidad de cubrir una obligación expresa de este último. No obstante, según la naturaleza de la obligación, dichas retenciones deben ser realizadas bajo determinados límites.
La Dian inició la revisión de las obligaciones tributarias de los servidores públicos, contratistas y proveedores del Estado, encontrando que más de 10.000 de ellos tienen deudas a favor de la Nación, por un valor cercano a los 62 mil millones de pesos.
El salario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Código laboral, puede definirse como todo aquello que recibe el trabajador, bien sea en dinero o en especie, en contraprestación por un servicio. Este pago habitual, ya sea semanal, quincenal o mensual, abarca también los temas de nóminas, sobresueltos, bonificaciones, comisiones y horas extras.
Los embargos se originan por 2 tipos de deudas: las generales o las deudas con cooperativas o por alimentos. Ahora, cuando se trate de las generales, se podrá solo embargar la quinta parte del excedente del salario mínimo mensual.
Por deudas generales o por deudas relacionadas con alimentos o cooperativas, un juez puede ordenar el embargo del salario de un trabajador.
Embargos por deudas generales
Nacen por el incumplimiento de obligaciones como son un crédito bancario, una letra, cheque sin fondos, las deudas personales.
En este tipo de deudas se embarga el 20% del monto que exceda el salario mínimo.
La figura de embargo laboral consiste en un procedimiento ejecutado por el empleador, a través del cual se realiza retención parcial del salario del empleado, y este dinero va destinado al cubrimiento de una deuda que se encuentra bajo la responsabilidad del trabajador, pero que por efectos de ordenamiento judicial o por autorización expresa y previa del trabajador para ejecutar dichos descuentos, se ha trasladado al emple
La ley protege parte del salario al momento de un embargo, pero legalmente los honorarios no tienen ninguna protección en contra de embargos. Ahora, la Corte Constitucional ha emitido una sentencia donde protege parte de éste ingreso a los independientes, cuando son sus únicos ingresos, siempre que se demuestre su carácter de mínimo vital.
El embargo del salario ni es una causal de despido. Existen ciertas cláusulas que no son válidas. Este tipo de embargo es sinónimo de desidia y pereza por parte de los empleadores.
Por regla general los embargos se aplican en el orden de llegada ante el empleador, pero cuando son varios a la vez, hay una prelación entre las deudas de alimentos con las deudas de cooperativas, sin importar el orden de llegada.