Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: enero 9 2018

Oficio 220-000982 de 09-01-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 9 enero, 2018

Un miembro de la junta directiva de una compañía, que simultáneamente participe en calidad de directivo en otra empresa y quien a su vez compite en el mercado con la primera, se encuentra en una posible situación de conflicto de intereses, por lo que esta situación debe ser considerada por el máximo órgano social a efecto que ser resuelta la incidencia de su doble calidad en el desempeño del negocio y los riesgos que pueda traer para la sociedad tal circunstancia. La Supersociedades reitera que cualquier persona que se desempeñe como directivo de una sociedad, debe atender a cualquier circunstancia constitutiva de competencia con la sociedad o conflicto de intereses, para revelarla al máximo órgano social, so pena de asumir responsabilidad por los perjuicios que cause con sus actos y con las decisiones en que intervenga.

Oficio 220-286651 de 20-12-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 20 diciembre, 2017

Si una empresa colombiana con sucursal en el exterior ingresa a un proceso de reorganización, dará lugar a la apertura del proceso de insolvencia en el país donde se encuentre dicha sucursal, ante lo cual el juez, promotor y acreedores procederán conforme al principio previsto en el parágrafo del artículo 105 de la Ley 1116 de 2006 y demás normas de cooperación. Cabe señalar que los acreedores extranjeros no tienen que hacerse parte dentro del trámite de reorganización, en la medida en que la elaboración del proyecto de calificación y graduación de créditos se presente inicialmente con la solicitud de reorganización por parte del ente societario y sin que tenga que hacerse parte para tal efecto. Sin embargo, ello no le impide al acreedor hacer uso de las cargas procesales en su favor, a efectos de hacer valer sus derechos en las etapas procesales del proceso de reorganización correspondiente, pues el hecho de que no necesiten hacerse parte, no significa que no pueden descuidar el cumplimiento de cada una de las etapas del proceso. Así pues, el hacer uso de sus derechos después de vencidos los términos procesales, es una autorresponsabilidad exclusiva de los interesados o acreedores.

Concepto 036704 de 13-12-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 13 diciembre, 2017

El Ministerio de Hacienda precisa que, a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016, los municipios deben verificar sus estatutos tributarios en el sentido de establecer las tarifas correspondientes a las actividades que resulten gravadas a partir de la nueva definición de la actividad de servicios señalada en el artículo 345 de la ley antes mencionada, de forma tal que los contribuyentes conozcan las reglas de tributación y de retención en la fuente, si el municipio tiene adoptado este sistema de recaudo anticipado. Por otra parte, cabe señalar que si la ley definió expresamente todos los elementos sustantivos del impuesto como en Industria y Comercio, las modificaciones definidas en nuevas leyes aplicarán en virtud de está sin que requiera adopción en la norma municipal, a menos que en el acuerdo municipal la actividad goce de tratamiento de exención o exclusión concedido de manera particular y expresa por el concejo municipal.

Concepto 039991 de 23-11-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 23 noviembre, 2017

El artículo 235 de la Ley 223 de 1995 señala que la administración del impuesto, incluyendo los procesos de fiscalización, liquidación oficial, imposición de sanciones y discusión, corresponde a los organismos departamentales competentes para la administración fiscal. Los departamentos aplicarán en la determinación oficial, discusión y cobro del impuesto, los procedimientos establecidos en el Estatuto Tributario para los impuestos del orden nacional. El régimen sancionatorio el procedimiento para la aplicación del mismo previstos en el Estatuto Tributario se aplicará en lo pertinente al impuesto de registro. Así las cosas, corresponde a la administración departamental, en su calidad de administradora del impuesto, valorar todos los elementos de hecho y de derecho que rodean el caso, sopesando el material probatorio con el que cuente y apoyándose en la normatividad y jurisprudencia relacionada, en punto a emitir una decisión respecto de la solicitud que se le presenta de manera que, como lo expresa la Corte Constitucional, se le garantice al contribuyente “el derecho al debido proceso y los principios de equidad y justicia”.

Concepto 1002 de 21-11-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 21 noviembre, 2017

El CTCP recuerda que, dentro del desarrollo de las actividades asociadas a la práctica contable, el profesional de la contabilidad debe tomar medidas razonables para identificar circunstancias que puedan originar inhabilidades o un conflicto de intereses. Dichas circunstancias pueden originar amenazas en relación con el cumplimiento de los principios fundamentales y afectar de manera directa al usuario de la prestación de los servicios.

Concepto 1004 de 21-11-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 21 noviembre, 2017

El CTCP aclara que una transacción u otro suceso o condición que no se trate específicamente en el marco técnico para pymes, podrá aplicar de forma ascendente los requerimientos contemplados en los párrafos 10.3 a 10.6, que establecen la jerarquía en la aplicación de una política contable superior. Respecto al traslado de un elemento de propiedades de inversión a inventarios, este debe realizarse al valor razonable.

Concepto 023259 de 28-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 agosto, 2017

El suministro de alimentos por parte de un tercero, destinado a la población estudiantil de escasos recursos de una universidad pública, constituye uno de los hechos generadores de IVA  establecidos en el artículo 420 del ET. Dicha actividad no se encuentra excluida en forma expresa por la regulación tributaria.

Concepto 020885 de 04-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 4 agosto, 2017

Si una sociedad extranjera establece una sucursal para la comercialización en el territorio de mercancías extranjeras depositadas en los centros de distribución logística internacional, tal establecimiento permanente obtendría un beneficio asociado a la enajenación de las mismas, como consecuencia de la atribución de rentas y ganancias ocasionales de que trata el artículo 20-2 del ET. Esta situación conllevaría al sometimiento de tales ingresos al impuesto sobre la renta y complementario.

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