Un accidente laboral es todo aquel que el trabajador haya sufrido durante la ejecución de sus funciones, ocasionándole una lesión orgánica, una perturbación funcional o psíquica, invalidez o la muerte.
Las incapacidades por accidente de trabajo o enfermedad profesional es aquella consecuencia derivada de un hecho dañino que recae sobre el trabajador el cual afecta su salud, las ARL serán las responsables de su reconocimiento.
La incapacidad permanente parcial se presenta en los casos en que el afiliado al Sistema General de Riesgos Laborales sufre una disminución parcial, pero definitiva igual o superior al 5%, pero inferior al 50% en alguna de sus facultades para realizar las actividades de su trabajo habitual, como consecuencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad de origen profesional.