Para el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, si un evasor pierde, le cuesta intereses moratorios altos y sanciones, pero si gana, consiguió burlar al sistema y nadie lo supo.
Tres normas parecen haber convertido al Código Penal colombiano en una suerte de “chepito” tributario.
Mediante la Ley 2010 de 2019, el Gobierno nacional realizó ciertas modificaciones a las normas del Código Penal que sancionan la omisión de activos, la defraudación y la promoción de estructuras de evasión tributaria.
Se incluyen sanciones penales en contra de los contribuyentes, de 36 a 60 meses.