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Entre el 2 de mayo y el 14 de junio de 2023, las personas naturales y jurídicas deberán cumplir con la entrega del reporte de información de exógena correspondiente al año gravable 2022.
Conoce aquí quiénes son los obligados a cumplir con esta obligación y cuáles son las sanciones por no hacerlo.
Cuando se cometan errores en el reporte de información exógena que requieran corrección por parte del obligado a suministrarla, deberá liquidarse la sanción prevista en el literal “b” del numeral 1 del artículo 651 del ET.
Aquí resolvemos la duda respecto a cuál es la base para calcular dicha sanción.
Norbey Lasso afirma que se deben evitar malas prácticas alrededor de la presentación de la información exógena para así evitar sanciones.
Una de las recomendaciones antes de presentar la información exógena es elaborar primero la declaración de renta y el cierre contable.
Todo lo relacionado con el reporte de la información exógena por el año gravable 2021 lo encuentras en nuestro Libro Blanco de 389 páginas y 31 casos prácticos.
Este manual teórico-práctico describe las instrucciones de la Resolución 000098 de 2020 y las modificaciones efectuadas por la Resolución 000147 de 2021.