Descarga esta plantilla automatizada en Excel para generar el certificado de ingresos y retenciones, formulario 220, y el formato 2276 por el año gravable 2023.
El nuevo formulario 220 contiene un total de 82 casillas y reemplaza al de 77 casillas que se usó en años anteriores.
Las nuevas casillas permitirán que haya un mayor cruce de información con los datos que luego se reportarán en el formato de información exógena 2276.
Las novedades aquí.
El Formulario 220 certifica los ingresos y retenciones por rentas de trabajo y de pensiones para los años gravables 2023 y siguientes.
La Dian publicó un proyecto de decreto donde prescribe el formulario 220 “Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones”.
El formulario 220, el cual es diligenciado parcialmente por el empleador, deberá completarse por parte del trabajador cuando concluya que no está obligado a declarar y que tampoco lo hará voluntariamente.
La Dian elaborará una factura del impuesto de renta a los obligados que no declaren oportunamente.
Mediante el artículo 1 de la Resolución 000042 de marzo 15 de 2023, la Dian prescribió el formulario 220 que todos los empleadores (personas naturales y jurídicas) deberán expedir para certificar los pagos por rentas de trabajo del AG 2022.
En este formato en Excel se reproduce el contenido de dicho formulario.
El formulario 220, para certificar rentas de trabajo del año gravable 2022, seguirá contando solo con dos renglones para reportar las cesantías que le forman ingreso al trabajador.
En la nueva versión 4 del formato 2276, para reportar información exógena del 2022, se usarán 3 columnas diferentes.
Anualmente los agentes de retención deben expedir a los asalariados los respectivos certificados de ingresos y retenciones del año gravable inmediatamente anterior.
A continuación, abordamos el plazo en el cual debe ser expedido el certificado correspondiente al año gravable 2022.
Dian expidió la Resolución 000042 de 2023, mediante la cual prescribe el formulario 220 “Certificado de ingresos y retenciones por rentas de trabajo y de pensiones”, correspondiente al año gravable 2022.
Los empleadores deberán expedir el formulario 220 del AG 2022 hasta el 31 de marzo de 2023, pero aún no ha sido publicado por la Dian.
Se espera que incluya las mismas nuevas columnas que tendrá el formato 2276 para información exógena del año gravable 2022, prescrito con la Resolución 000124 de 2021.
El formulario 220, cuando queda diligenciado completamente con los datos a cargo del trabajador, servirá para sustentarle a la Dian las razones por las que el asalariado no tuvo la obligación de declarar. Por esto es necesario conservarlo durante 5 años.
Te explicaremos el motivo de este requerimiento.
Mediante la Resolución 000029 de marzo 2 de 2022, la Dian prescribió el formulario 220 para elaborar el certificado de ingresos y retenciones por rentas de trabajo y de pensiones para el año gravable 2021.
Empleadores y agentes de retención deben tener en cuenta la fecha límite para expedirlo.