En la práctica, el Beps 2 comenzará a regir desde el 1 de enero de 2024. Todos los países latinoamericanos le dijeron sí al acuerdo.
Hay que recordar que la Ley 2277 de 2022 introdujo los conceptos de presencia económica significativa y de tasa mínima de tributación.
Recientemente en varias ciudades de país se vienen presentando enfrentamientos entre taxistas y conductores de aplicaciones de transporte.
Partidos políticos dicen que prohibir las plataformas digitales como Uber, Didi, Beat, entre otras es un grave error.
Te contamos las versiones del tema aquí.
El concepto “presencia económica significativa” busca que multinacionales que realicen actividades digitales no evadan impuestos.
La reforma tributaria, Ley 2277 de 2022, lo introduce adicionando el artículo 20-3 al Estatuto Tributario.
Desde el 1 de enero de 2024 comienza a aplicar.
La reforma tributaria, Ley 2277 de 2022, introduce un concepto innovador y del cual se desprenderá el cobro del impuesto de renta. Se trata de presencia económica significativa.
Aplica para quienes presten servicios digitales desde el exterior y se comenzará a cobrar el 1 de enero de 2024.
José Daniel López celebra que el cobro del nuevo impuesto para plataformas digitales comenzará en el 2024 y que la tarifa bajará del 5 % al 3 %.
El término “presencia económica significativa” no es más que un impuesto digital.
El impuesto mínimo global se aplicará a multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros.
Este tributo está conformado por 2 pilares: en el primero, parece que ninguna empresa colombiana tendría que pagarlo; en el segundo, matrices de compañías que están en Colombia sí se verían afectadas.
El impuesto mínimo global se aplicará a multinacionales con ingresos superiores a 750 millones de euros.
Podría generar alrededor de 150.000 millones de dólares en ingresos fiscales globales adicionales anualmente.
Se impondría a cerca de 100 multinacionales alrededor del mundo.