Los bogotanos tienen hasta el 30 de octubre de 2017 para solicitar la terminación por mutuo acuerdo de procesos administrativos tributarios, siempre y cuando no esté en firme el acto administrativo. El porcentaje a transar varía entre el 50% y 70% del valor de las sanciones e intereses.
Mediante el Decreto 196 de 2017, la Alcaldía de Bogotá reglamentó los incentivos tributarios de los artículos 305 y 306 de la Ley 1819 de 2016. A continuación, hablaremos de la solicitud de conciliación para impuestos distritales y retenciones que podrá realizarse hasta el 30 de septiembre de 2017.