El Ministerio del Trabajo concluye que el empleador en uso del Ius variandi podría cambiar las condiciones de trabajo en cuanto a los roles, funciones, tareas, actividades y responsabilidades del trabajador, ya que no se estarían afectando los elementos esenciales del contrato laboral.
Resulta oportuno recordar en principio que en Colombia la desmejora salarial se encuentra prohibida; no obstante, esta únicamente se podrá llevar a cabo si media consentimiento expreso del trabajador y dicha desmejora no vulnera el mínimo vital. Es decir que así el trabajador acepte el cambio salarial, dicha disminución no puede ocasionar que el trabajador devengue menos de un salario mínimo.
Todo trabajador aforado cuenta con unas protecciones legales; entre ellas, la prohibición de traslado o cambio por parte de su empleador, sin embargo, esta se podrá llevar a cabo si media autorización del Ministerio. Facultad para variar no es arbitraria La Corte Suprema de Justicia en diversas manifestaciones ha indicado que la facultad que ostenta […]