La Superintendencia Financiera de Colombia expidió el 31 de julio de 2019 la Resolución 1018, por medio de la cual certifica el interés bancario corriente para el siguiente período, comprendido entre el 1 y el 31 de agosto de 2019, para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Con la presente resolución se certifica el interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 19,32 %, evidenciándose así un aumento significativo de 0,04 % en relación con la certificación del período anterior, y siendo la tasa de usura para el mismo de 28,98 %.
El interés remuneratorio y moratorio no podrá exceder en 1,5 veces el interés bancario corriente, es decir, el 28,98 % EA para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Para efectos tributarios, es importante tener presente que el artículo 635 del ET señala que el interés moratorio se liquidará diariamente a la tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (2) puntos. En consecuencia, la tasa de interés de mora para deudas tributarias durante el mes de agosto de 2019 es de 26,98 %.
DIAN Resolución 000046 Julio 26 de 2019 Para descargar este documento en PDF, haz clic aquí (18,3 Mb)
Mediante la Resolución 3908 de 2005 se adoptó el manual operativo del programa de protección social al adulto mayor, hoy Colombia Mayor, el cual fue actualizado mediante la Resolución 1370 de 2013 y posteriormente con los anexos técnicos n.° 1, 2 y 3. Al respecto, en el anexo 3 se modificó la periodicidad del pago del subsidio económico del programa Colombia Mayor, quedando de manera mensual.
Por lo anterior, el Ministerio del Trabajo emitió el Decreto 1340 de 2019, con el cual adapta una de las causales de pérdida de subsidio a la nueva periodicidad de pago. Dicha causal es la estipulada en el numeral 7 del artículo 2.2.14.1.39 del Decreto 1833 de 2016, en la que se señala que el no cobro consecutivo de subsidios programados en dos giros será motivo de pérdida del mismo.
DIAN Resolución 000045 Julio 24 de 2019 Para descargar este documento en PDF, haz clic aquí (332 Kb)
El 24 de julio de 2019 se sancionó la Ley del actor, en la cual se establece la posibilidad de contratar los servicios de actores a través de cualquier vía para ello, es decir, por contrato laboral, por prestación de servicios y/o por cualquier agremiación, ya sea un sindicato, cooperativa o sociedad.
La norma también establece la creación del registro nacional de actores y actrices, que básicamente es una base de datos con la que se recopilará la información del gremio, en aras de la creación de políticas públicas que los beneficien. Esta nueva base de datos exige una serie de condiciones de formación académica y experiencia laboral para poder inscribirse a la misma.