Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: junio 22 2017

Oficio 010810 de 08-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 8 mayo, 2017

La DIAN explica algunas de las razones en las que se fundamenta la modificación efectuada al régimen del impuesto sobre la renta de las personas naturales en lo atinente a las rentas de trabajo, dentro de las que se encuentran incluidos los ingresos obtenidos por concepto de gastos de representación.

Oficio 010795 de 08-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 8 mayo, 2017

La DIAN señala que la obligación de llevar los registros de las diferentes operaciones de cada miembro del contrato de colaboración empresarial indicados en la primera parte del parágrafo 1° del artículo 18 del ET, y la obligación de certificarlas por parte del gestor con su firma y la del contador o revisor fiscal ahora exigida expresamente, no es nueva, siempre ha existido, pero nunca se ha reglamentado la periodicidad con que se debe expedir; por tanto, según las cláusulas del contrato de colaboración empresarial y los efectos tributarios que devienen del mismo acto frente a la realización de los ingresos, costos, gastos, activos, pasivos, pagos y abonos en cuenta, deberá entenderse que tal periodicidad corresponderá según su necesidad para cumplir con las obligaciones fiscales que establece la norma tributaria.

Oficio 9809 de 27-04-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 27 abril, 2017

De acuerdo con lo establecido en el artículo 387-1 del ET los pagos por concepto de alimentación que realice el patrono en favor de terceros por concepto de alimentación del trabajador o su familia, no constituyen ingresos para el trabajador para efectos de la retención en la fuente a título de renta; por lo tanto, pueden ser tomados para la disminución de la base de retención en la fuente por salarios de los trabajadores si estos se han incluido como valor entre los pagos recibidos por parte del trabajador y si el salario de este no excede el equivalente a 310 UVT. Sin embargo, cabe señalar que cuando los pagos por alimentación en beneficio del trabajador o su familia excedan de 41 UVT, el exceso constituye ingreso tributario del trabajador, el cual si estará sujeto a retención en la fuente por ingresos laborales.

Oficio 009794 de 26-04-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 26 abril, 2017

Para efectos del impuesto sobre la renta y complementario, los ingresos originados en los contratos de fiducia mercantil se causan en el momento en que se produce un incremento en el patrimonio del fideicomiso, o un incremento en el patrimonio del cedente, cuando se trate de cesiones de derechos sobre dichos contratos. De igual manera, al final de cada ejercicio gravable deberá efectuarse una liquidación de los resultados obtenidos en el respectivo periodo por el fideicomiso y por cada beneficiario, siguiendo las normas que señala Estatuto Tributario para los contribuyentes que llevan contabilidad por el sistema de causación. Cuando los beneficiarios o fideicomitentes sean personas naturales no obligadas a llevar contabilidad se observará la regla de realización prevista en el artículo 27 del ET.

Concepto 304 de 03-04-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 3 abril, 2017

Todas las diferencias técnico contables entre contadores públicos deberán ser resueltas por parte del CTCP. Cabe señalar que si dichas diferencias están relacionadas a la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos aplicables a una institución de carácter público, deberán ser atendidas por la Contaduría General de la Nación.

Oficio 006253 de 22-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 22 marzo, 2017

El parágrafo 2º del artículo 771-2 del ET precisa la la posibilidad que el soporte de la operación que da lugar a los costos y deducciones efectivamente realizados durante el año o período gravable se acepte fiscalmente, aun en el caso que la factura de venta o documento equivalente tenga fecha del año o período siguiente.

Concepto 901880 de 09-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 9 marzo, 2017

De acuerdo con el parágrafo 3º del artículo 420 del ET, los servicios prestados desde el exterior se entenderán prestados en el territorio nacional y causarán el IVA cuando el usuario directo o destinatario de los mismos tenga su residencia fiscal, domicilio, establecimiento permanente, o la sede de su actividad en el territorio nacional.

Oficio 900298 de 28-02-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 28 febrero, 2017

La excepción contemplada en el numeral 2° del artículo 592 del ET, aplicando la regla de interpretación gramatical del artículo 27 del Código Civil, hace referencia a la condición que se deben cumplir para no estar obligado al requisito formal de presentar declaración de renta por un no residente en Colombia. En ese orden, la norma establece que las personas naturales no residentes, sociedades o entidades extranjeras no están obligadas a presentar declaración de renta, cuando a la totalidad de sus ingresos por determinados conceptos se les practique la debida retención en la fuente; así que, no residentes cuyas cuentas bancarias que generen rendimientos financieros a su favor, y no se les practique la tarifa de retención correspondiente del artículo 407 al 411 del ET, estarán obligados a presentar declaración de renta por la totalidad de sus ingresos de fuente nacional en los plazos señalados por el Gobierno Nacional.

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