El Ministerio del Trabajo estableció requisitos mínimos que se deberán cumplir para desarrollar trabajo en calderas y garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.
El Ministerio del Trabajo reconocerá 35 % del salario mínimo por la vinculación de personas con discapacidad y 30% por vinculación de jóvenes desde 18 hasta 28 años.
La Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Trabajo se pronunció sobre una consulta relacionada con el derecho de estabilidad ocupacional reforzada, concluyendo que esta se debe aplicar sin la necesidad de que exista una certificación de pérdida de fuerza laboral.
El Ministerio del Trabajo ha implementado importantes modificaciones a las normas que regulan el trabajo penitenciario en Colombia. Estas reformas impactan directamente en la remuneración de las personas privadas de la libertad –PPL–, su afiliación a la seguridad social y la relación entre los centros penitenciarios y las entidades que requieren trabajar con personal recluso.
El Ministerio del Trabajo recordó que cuando el empleador ordena al trabajador desplazarse a otro lugar que no sea su sitio habitual de trabajo, es obligación del empleador remunerar el tiempo de desplazamiento en proporción al tiempo utilizado por el trabajador para cumplir la orden impartida
El Ministerio del Trabajo recordó que el CST prohíbe realizar descuentos al salario o a las prestaciones sociales del trabajador debido al deterioro, daño o pérdida de las herramientas de trabajo, incluso si esto ocasiona pérdidas al empleador.
Hasta el 15 de abril de 2024 se amplió el plazo para registrar el reporte de autoevaluación de estándares mínimos de riesgos laborales.
Desde el 1 de febrero y hasta el 29 de marzo de 2024, las empresas públicas y privadas del país, deberán realizar su registro anual de estándares mínimos.
Por medio del Decreto 2293 del 29 de diciembre de 2023, el presidente de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, decreta el auxilio de transporte para el año 2024 en la suma de ciento sesenta y dos mil pesos ($162.000), el cual rige a partir del 1 de enero de 2024.
Por medio del Decreto 2292 del 29 de diciembre de 2023, el presidente de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, decreta el salario mínimo legal mensual vigente para el año 2024 en la cifra de un millón trescientos mil pesos ($1.300.000), el cual rige a partir del 1 de enero de 2024.
El Ministerio del Trabajo aclaró que los empleadores no pueden aumentar el tiempo de la hora de almuerzo para dar cumplimiento a la reducción de la jornada laboral, pues el propósito de la Ley 2101 de 2021 es proporcionar a los trabajadores más tiempo libre para su bienestar y disfrute personal.
Ministerio del TrabajoConcepto 62626Noviembre 14 de 2023 El Ministerio del Trabajo precisó que los empleadores, en el ejercicio de la libertad empresarial, tienen la facultad de implementar códigos de vestuario con el objetivo de mejorar la calidad en la ejecución de las actividades laborales, siempre y cuando respeten los derechos de los trabajadores. Para descargar […]