Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: noviembre 29 2017

Resolución 1619 de 29-11-2017

Finanzas, NORMATIVIDAD, Resolución Publicado: 29 noviembre, 2017

A través de la Resolución 1619 del 29 de noviembre de 2017, la Superintendencia Financiera fijó en un 20,77 % efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario; dicha tasa regirá para el período comprendido entre el 1 y el 31 de diciembre de 2017. La tasa de usura para el mismo período es de 31,16 %. Para efectos tributarios, es importante tener en cuenta que el artículo 635 del ET señala que el interés moratorio se liquidará diariamente a la tasa de interés diario que sea equivalente a la tasa de usura vigente determinada por la Superintendencia Financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo, menos dos (2) puntos. En consecuencia, la tasa de interés de mora para deudas tributarias durante el mes de diciembre de 2017 es de 29,16 %.

Oficio 220-241807 de 08-11-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 8 noviembre, 2017

La Supersociedades recuerda que cualquier situación relacionada con la designación, remoción y ejercicio de sus funciones por parte del administrador de la sociedad por acciones simplificada, incluyendo lo concerniente al administrador vitalicio, debe ser dilucidada a partir de los estatutos sociales y, en su defecto, por las previsiones legales para la sociedad anónima; además, todas las actuaciones y decisiones del representante legal adoptadas conforme a los estatutos y la ley, se presumen válidas mientras no sea declarada su nulidad o reconocida su ineficacia por parte de la autoridad competente. Respecto al representante legal suplente, para que este puede desempeñar el cargo, se requiere, no la ausencia material del titular, sino la imposibilidad de desempeñar las funciones que le han sido asignadas, a menos que estatutariamente o por un pronunciamiento del máximo órgano social, se le hayan asignado al representante legal suplente, facultades especiales para representar a la sociedad sin necesidad de que se dé la circunstancia anterior.

Concepto 818 de 22-09-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 22 septiembre, 2017

Según lo establecido en los marcos técnicos de los grupos 1, 2 y 3, existen dos términos cuya definición debe tenerse en cuenta a la hora de fijar políticas y aplicarlas sobre los activos fijos: la vida útil y la vida económica. La vida económica está establecida por el fabricante del bien; pero es la entidad la que debe establecer la vida útil de los activos considerando entre otros aspectos: la utilización prevista del activo; el desgaste físico esperado; la obsolescencia técnica o comercial; y los límites legales o restricciones sobre el uso del activo. Cabe señalar que, tanto la vida útil como el valor residual de un activo deben ser revisadas por parte de la administración del ente, como mínimo, al término de cada período anual y, si las expectativas difieren de las estimaciones, los cambios se deberán contabilizar como un cambio en la estimación contable, de acuerdo con el estándar que corresponde a políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores, contenido en la NIC 8 (marco técnico normativo pleno), sección 8 (marco técnico normativo para pymes) o capítulo 2 (marco normativo para microempresas).

Sentencia T-588 de 21-09-2017

Derecho Laboral, Jurisprudencia / Sentencias, NORMATIVIDAD Publicado: 21 septiembre, 2017

Con la creación del régimen de transición y en lo atinente al cumplimiento del requisito de cantidad de tiempo de servicios, también se admitió la posibilidad de que las cotizaciones realizadas tanto en el sector público a cajas o fondos de previsión social, como del sector privado al Instituto de Seguros Sociales puedan ser acumuladas, con el fin de obtener el reconocimiento de un derecho pensional. En consecuencia, las Administradoras de Fondos de Pensiones no pueden basar su negativa en lo que respecta al reconocimiento de la pensión de vejez prevista en el Decreto 758 de 1990, bajo el argumento de que el trabajador no cotizó de manera exclusiva al Instituto de Seguros Sociales, por lo que tales entidades se encuentran en el deber de acumular los tiempos de servicio que el trabajador haya cotizado con independencia de si estas fueron realizadas al ISS o alguna otra administradora.

Concepto 023254 de 26-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 26 agosto, 2017

La Dian precisa que el vendedor perteneciente al régimen simplificado del IVA no está obligado a cobrar y declarar el impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas, aun cuando entre bolsas plásticas con la finalidad señalada en el artículo 512-15 del ET, esto es, cargar o llevar productos enajenados en los establecimientos comerciales que las entreguen.

Concepto 022875 de 24-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 24 agosto, 2017

La entrega de raciones alimenticias en bolsas plásticas por parte de una fundación hacia estudiantes y madres gestantes miembros de población vulnerable, en virtud de la ejecución del objeto contractual de un convenio celebrado entre esta y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, no genera el impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas, por no ajustarse la situación fáctica al hecho generador del tributario, conforme a lo establecido en el artículo 207 de la Ley 1819 de 2016.

Oficio 870 de 15-05-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 15 mayo, 2017

La Dian hace precisiones sobre el artículo 640 del ET, modificado por el artículo 282 de la Ley 1819 de 2016, referente a la aplicación del régimen sancionatorio.

Oficio 006414 de 23-03-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 23 marzo, 2017

La Dian hace precisiones sobre el artículo 640 del ET, la cual otorga la posibilidad de reducción de la sanción, tanto cuando se autoliquidada por el contribuyente, como cuando es propuesta o impuesta por la Administración Tributaria.

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