La información exógena es la columna vertebral de los procesos de fiscalización de la Dian, pues con ella se realizan los cruces respectivos para detectar la evasión.
Durante los primeros meses de 2021, los contribuyentes deberán presentar la información exógena tributaria del año gravable 2020.
La información exógena constituye un conjunto de datos o información que tanto personas naturales como jurídicas deben reportarle periódicamente a la Dian, de acuerdo con las especificaciones sobre las operaciones realizadas con terceros.
Las empresas que no tuvieron movimientos durante el año gravable 2019 ¿también se encuentran obligadas a presentar la información exógena?
La información exógena constituye un conjunto de datos o información que tanto personas naturales como jurídicas deben reportarle periódicamente a la Dian, de acuerdo con las especificaciones sobre las operaciones realizadas con terceros.
En esta Cartilla Actualícese encontrará todas las novedades y principales aspectos que debe conocer respecto a esta obligación tributaria, y la descripción de 10 sencillos pasos para su cumplimiento.
Los lineamientos sobre los cuales deberá prepararse y presentarse el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2019 se encuentran establecidos en la Resolución 011004 de octubre 29 de 2018, modificada recientemente por la Resolución 000008 de enero 31 de 2020.
Durante el 2020 los contribuyentes tendrán que reportar la información exógena del año gravable 2019 de acuerdo con las directrices de la Resolución 011004 de 2018 y las novedades efectuadas por la Resolución 000008 de 2020.
Por ser un tema de gran interés, te invitamos a quedarte en casa y estudiar con Actualícese.
¿Los notarios se encuentran obligados a presentar información exógena?
Tras la modificación realizada al artículo 651 del ET por el artículo 289 de la Ley de reforma tributaria estructural 1819 de 2016, cambiaron las sanciones relacionadas con la información exógena. Estas mismas podrán reducirse si se cumplen las condiciones señaladas en dicho artículo.
Por medio de la Resolución 011004 del 29 de octubre de 2018 la Dian estableció las instrucciones para la presentación de la información exógena correspondiente al año gravable 2019.
Entre los formatos que deben diligenciarse para la presentación de información exógena se encuentra el formato 1001 versión 9. será necesario analizar si el reportante está obligado o no a llevar contabilidad, si ya se tiene preparada la declaración de renta, entre otros aspectos.