Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: octubre 20 2017

Oficio 220-221233 de 09-10-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 9 octubre, 2017

La Supersociedades precisa que, sin perjuicio de la amplitud de regulación permitida para las SAS, las características del socio gestor o colectivo (calidades de socio en las sociedades en nombre colectivo y comanditaria) no son compatibles con las sociedades por acciones simplificadas. Señala además que, una de las características más destacadas en el marco normativo de las SAS radica en la posibilidad de ejercer la más amplia autonomía contractual, que en esencia se trata de permitir a los asociados que a su discreción definan las reglas bajo las cuales se han de manejar los asuntos relacionados con la organización y funcionamiento de la sociedad, lo que explica que las disposiciones contenidas en la Ley 1258 de 2008 tengan un carácter eminentemente dispositivo que puede ser remplazado por las reglas que acuerden los asociados.

Concepto 847 de 03-10-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 3 octubre, 2017

El CTCP precisa que la Norma Internacional de Control de Calidad –NICC 1– trata de las responsabilidades que tiene la firma de auditoría en relación con un sistema de control de calidad de las auditorías y revisiones de estados financieros, así como de otros encargos que proporcionan un grado de seguridad y servicios relacionados. Esta NICC debe interpretarse conjuntamente con los requerimientos de ética aplicables.

Concepto 848 de 03-10-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 3 octubre, 2017

Cuando el revisor fiscal realice actividades que no se encuentren alineadas con sus funciones establecidas en la ley puede materializarse una coadministración por parte del profesional, lo que va en contra de los lineamientos establecidos en el código de ética para profesionales de la contaduría pública.

Concepto 815 de 21-09-2017

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 21 septiembre, 2017

El presupuesto de una copropiedad es un informe de carácter general y su estructura debe ser definida por la administración a fin de poder validar adecuadamente los diferentes conceptos que integran los ingresos y gastos de la copropiedad, de tal forma que es potestad de la administración la manera en que sean incluidos los descuentos por pronto pago derivados del pago de cuotas de administración.

Concepto 816 de 19-09-2017

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 19 septiembre, 2017

El CTCP señala que el revisor fiscal que actúe como principal en sociedades no puede ejercer el cargo en ninguna otra, ni siquiera para suplir la ausencia temporal del principal; una actuación contraria daría lugar a sanciones por parte del Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores.

Oficio 115-199621 de 06-09-2017

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 6 septiembre, 2017

Respecto al registro contable que debe realizar la sociedad en liquidación que distribuye parcial pero definitivamente antes del acta final de liquidación los remanentes a los accionistas de conformidad con el artículo 241 del Código de Comercio, la Supersociedades señala que el derogado Plan Único de Cuentas para Comerciantes no contempla la forma como debe reflejarse en la contabilidad la distribución parcial de remanentes en la liquidación; no obstante, señala que podría llevarse en una cuenta de patrimonio contraria a su naturaleza que bien podría denominarse “Distribución Anticipada de Remanentes”, por el valor de lo distribuido anticipadamente. Precisa la entidad que reflejar el valor distribuido anticipadamente en el patrimonio en una cuenta contraria a su naturaleza, y no con la afectación directa a las cuentas sujetas a ello, es coherente con el tratamiento que debe dar el accionista a los recursos recibidos bajo esta modalidad, dado que si este inversor los reconoce como menor valor de su participación estaría tratando el hecho económico como una liquidación parcial de la inversión, lo cual jurídicamente no ha ocurrido y demostración de ello es el registro que debe hacer la sociedad en liquidación, que de modo alguno es la afectación a capital.

Concepto 022223 de 17-08-2017

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 17 agosto, 2017

Para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios se deberá reconocer como ingresos a aquellos que satisfagan las definiciones y los criterios de reconocimiento de acuerdo con los marcos técnicos normativos contables, es decir, aquellos que hayan sido devengados contablemente en el período fiscal, a menos que se verifique alguna de las circunstancias excepcionales desarrolladas en el inciso del artículo 28 del ET, para lo cual corresponderá al contribuyente determinar dicha situación de acuerdo a cada caso particular. Respecto al impuesto sobre las ventas, es de recordar que las reglas generales de causación del mencionado tributo no fueron objeto de variación en la Ley 1819 de 2016, por lo cual continúa vigente lo consagrado en el literal c) del artículo 429 del ET que establece que en las prestaciones de servicios, la causación de este impuesto se hará en la fecha de emisión de la factura o documento equivalente, o en la fecha de terminación de los servicios o del pago o abono en cuenta, la que ocurra primero.

Concepto 842 de 02-11-2016

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 2 noviembre, 2016

Para efectos de determinar el tratamiento contable del descuento del impuesto sobre las ventas en la adquisición o importación de maquinaria pesada para industrias básicas (previsto en el artículo 258-2 del ET), la entidad deberá considerar los requerimientos de medición inicial previstos en los marcos técnicos normativos de los grupos 1, 2 o 3. Así pues, para los tres marcos normativos que deben aplicar las entidades del sector privado, los dos puntos del IVA que se descuentan del impuesto sobre la renta no deben formar parte del costo del activo, dado que las normas aplicables para los tres grupos indican que los impuestos recuperables no forman parte de la medición inicial de los elementos de propiedad, planta y equipo.

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