Respecto a la aclaración del inciso final del Concepto 076155 de octubre 18 de 2005, la DIAN señala que continúa vigente, siempre y cuando el que comercializa el producto derivado del petróleo no cumpla las condiciones para ser responsable del IVA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 444 del ET (modificado por el artículo 181 de la Ley 1819 de 2016).