Los pensionados por vejez que resulten ser beneficiarios de la pensión de sobrevivencia, a causa de la muerte de su compañera permanente o esposa, puede recibir ambas prestaciones siempre que demuestre dependencia económica del fallecido, sin necesidad de ser una dependencia absoluta.
Los pensionados por invalidez por riesgo laboral, pueden acceder al mismo tiempo a la pensión de vejez y viceversa, dado que estas dos prestaciones son compatibles por pertenecer a diferentes amparos del Sistema de Seguridad Social en Colombia.
Una persona que se encuentre pensionada por invalidez puede acceder al mismo tiempo a la pensión de sobrevivencia causada por la muerte de su cónyuge o compañero permanente o padres (por ser hijo inválido) siempre que el pensionado por invalidez demuestre que dependía económicamente del causante.