Por el año gravable 2021, el impuesto sobre las ventas deberá ser declarado y pagado de forma cuatrimestral y bimestral.
En este editorial podrás conocer los plazos para el cumplimiento de esta obligación, además de las novedades introducidas por la Ley 2010 de 2019 en relación con el IVA.
Por el año gravable 2020, el impuesto sobre las ventas deberá ser declarado y pagado de forma cuatrimestral y bimestral.
Tal disposición está contenida en los artículos 1.6.1.13.2.30 y 1.6.1.13.2.31 del Decreto 1625 de 2016, modificados por el artículo 2 del Decreto 2345 de 2019.