Las Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera o de Economía Solidaria deberán presentar y pagar la declaración del GMF de forma semanal, según los plazos indicados en el artículo 1.6.1.13.2.39 del DUT 1625 de 2016 (modificado por el Decreto 2442 de 2018).
Las Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera o de Economía Solidaria deberán presentar y pagar la declaración del GMF de forma semanal, según los plazos indicados en el artículo 1.6.1.13.2.39 del DUT1 1625 de 2016.
Con la Reforma Tributaria Estructural, Ley 1819 de 2016, se da continuidad al Gravamen a los Movimientos Financieros –GMF–, también conocido como el 4 × 1.000. Durante 2017 las declaraciones deberán realizarse por la Superfinanciera y la Supersolidaria de forma semanal.