La revocatoria de poder otorgado a un abogado puede realizarse, según el artículo 2190 del Código Civil, de dos maneras: tácita o expresa. El mandante puede presentar por escrito dicha solicitud, la cual produce su efecto desde el día que el mandatario ha tenido conocimiento de ella.
¡Descarga esta guía!
Te presentamos una guía sencilla para realizar una carta otorgando poder. Existen situaciones en las cuales no es posible atender trámites personalmente por alguna circunstancia de fuerza mayor o ajena a nuestra voluntad, por lo que se debe encomendar su gestión a un tercero a través de un poder.