La nómina y los cálculos que se derivan de la misma en relación con las obligaciones establecidas en la norma laboral conforman uno de los rubros más importantes en las organizaciones. Aquí te mostramos de manera práctica los aspectos más relevantes respecto a este tema.
La base para calcular la prima de servicios corresponde al salario devengado por el trabajador al momento del cálculo de la prestación.
El artículo 1036 del Código de Comercio, indica que el contrato de seguro es consensual, bilateral, oneroso, aleatorio y de ejecución sucesiva. Terminación del contrato por mora en el pago El Código de Comercio en su artículo 1066 indica que, dentro del mes siguiente contado a partir de la fecha de la entrega de la […]
Cuando se trata de salario variable es más complejo calcular la prima anticipada, pues ni el empleador ni el trabajador saben cuánto se va a ganar el trabajador en el mes de diciembre. Entonces, ¿cómo calcular la prima anticipada si no se sabe cuánto va a devengar el trabajador al momento de la efectiva liquidación de la prima de servicios?
Cuando en la casa de familia se empiezan a producir bienes o servicios que se comercializan a terceros y el trabajador del servicio doméstico debe ayudar en dichas labores, deja de considerarse doméstico, para ser un trabajador con derecho a prima de servicios.
En el Código Sustantivo del Trabajo se observa que la prima de servicios es una prestación especial a la que tienen derecho los empleados, salvo algunas excepciones legalmente establecidas.
La bonificación por retiro, es una suma de dinero acordada entre las partes, empleador y trabajador, con la cual se remunera a los empleados que ejecutan el retiro voluntario de la organización.
La prima o bonificación ocasional no constitutiva de salario es un verdadero “regalo” que da el empleador a su trabajador en cualquier momento, pues no está comprometido a darlo si no quiere o no puede y en cualquier momento del año, sin que exista una periodicidad en particular, pues no existe ningún tipo de obligatoriedad legal.