Según el Estatuto Tributario –ET–, existen dos procedimientos aceptados para realizar la retención en la fuente sobre rentas de trabajo. Estos son el procedimiento 1, que se encuentra en el artículo 385 del ET, y el procedimiento 2 del porcentaje fijo, que encontramos en el numeral 386 del ET. Aquí te contamos algunos detalles. En […]
Con estos casos prácticos aprenderás cómo calcular correctamente la retención en la fuente sobre prima de servicios.
Utilizaremos dos escenarios comparativos por el procedimiento 1 y 2 (porcentaje fijo previamente establecido), aplicando las tarifas respectivas con base en el artículo 383 del ET.
La Ley de financiamiento 1943 de 2018 introdujo cambios frente al procedimiento 1 de retención en la fuente aplicable a pagos por concepto de honorarios y compensaciones por servicios personales cuando se hayan contratado dos o más trabajadores asociados a su actividad.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Se le puede practicar retención en la fuente por procedimiento 1 a un cobrador de honorarios que contrató 3 personas por un término inferior a 90 días?
Resueltas enero 10 de 2019